Vivir en un edificio antiguo tiene su encanto. Saber que cada rincón del inmueble ha sido testigo de la vida de las personas que en él habitan desde hace muchos años, hace que sus propietarios se sientan más unidos a él.
Como siempre se ha dicho que las cosas antiguas estaban diseñadas para durar mucho tiempo, los edificios antiguos suelen ser más resistentes. Sin embargo, el paso del tiempo pasa factura a todo tipo de construcción. Por eso es importante revisar los edificios más viejos, para comprobar que reciben un buen mantenimiento y que respetan las nuevas normas de seguridad.
El Informe de Evaluación de Edificios (IEE) es el certificado que demuestra que todo inmueble de más de 50 años está en buenas condiciones. Pero solo profesionales especializados tienen capacidad de realizar dicho informe, buen ejemplo de ello son los arquitectos de LP Urbanismo y Arquitectura en Granada que han realizado un estudio completo de los edificios que han de pasar dicha revisión en el próximo año, ayudando y asesorando de esta forma a las comunidades de propietarios y viviendas a realizar la gestión.
¿Qué es el IEE?
El IEE o Informe de Evaluación de Edificios es un documento que certifica que un inmueble está en un estado de conservación bueno, pero que además avala el cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad universal y sobre su eficiencia energética.
No todo el mundo cuenta con la capacidad de otorgar este documento. Es necesario que un técnico homologado sea el encargado de comprobar todos los elementos del edificio, para así poder redactar un informe detallado. Solo los arquitectos especializados cuentan con los conocimientos y aptitudes necesarios para verificar y avalar ante las autoridades la integridad de los edificios.
La norma general dicta que debe realizarse un nuevo IEE cada 10 años, o lo que es lo mismo, el plazo de vigencia de cada informe es de una década. Aunque se deja discreción a las Comunidades Autónomas y a los Ayuntamientos para que fijen otros plazos, siempre que no sean superiores.
¿Qué edificios deben contar con el IEE?
La normativa recoge que todos los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de 50 años están obligados a pasar una evaluación para obtener el IEE. Solo se contemplan dos excepciones a esta regla:
- Los edificios que tengan declarada la ruina urbanística.
- Los edificios que van a ser demolidos y ya tienen una orden de ejecución.
También se exige la presentación del IEE por parte de los edificios que soliciten alguna ayuda pública para realizar obras en el inmueble para su conservación, accesibilidad universal o mejorar su eficiencia energética.
Solicitar que se realice este informe es responsabilidad del titular del inmueble, por lo que pueden ser: un solo propietario o un conjunto, la comunidad de propietarios o una agrupación o asociación de comunidades de propietarios.
¿Cómo saber si mi edificio debe pasar el IEE?
La gestión del IEE se realiza a través del ayuntamiento de cada municipio. En algunos casos el mismo ayuntamiento envía una notificación a los propietarios, pero no debemos confiarnos porque no siempre es así.
Algunos estudios de arquitectura, como es el caso de LP Urbanismo y Arquitectura en la provincia de Granada, han realizado un estudio en el que indican que más de 900 edificaciones deberán realizar el informe de evaluación de edificios de forma obligatoria en 2024. En muchos casos, estos estudios de arquitectura son los encargados de ponerse en contacto con propietarios para asesorar y agilizar las gestiones.
Ante la duda podemos preguntar en nuestro ayuntamiento o bien a algún estudio de arquitectura de nuestra zona, seguramente estos últimos puedan ayudarte y solventar todas las dudas que tengas sobre el IEE.
¿Es obligatorio tener el IEE? ¿Qué multas existen si no lo tengo?
El Real Decreto 233/2013 de 5 de abril contempla la obligatoriedad de obtener el Informe de Evaluación de Edificios. Pero además se exige que se consiga dentro de los plazos fijados.
La norma general dice que los edificios que acaban de cumplir 50 años disponen de cinco años para obtener el IEE. Pero habrá que atender a las normas autonómicas, pues por ejemplo en Granada se dispone del plazo de 2 años. A partir del primer informe, es obligatorio renovarlo cada 10 años.
Si no se tiene el IEE o no se respetan los plazos indicados, el inmueble incurre en una infracción urbanística, que puede ser castigada con una sanción económica de entre 9.000 y 90.000 euros.
Diferencias entre IEE e ITE
Existe mucha confusión entre el IEE (Informe de Evaluación de Edificios) y la ITE (Inspección Técnica de Edificios), ya que parece que cumplen la misma función. Sin embargo, la ITE se centra en avalar el estado de conservación en el que se encuentra el edificio y en sí es seguro para habitarlo.
Por su parte, el IEE es más completo. Además de certificar el buen mantenimiento de un inmueble, incluye dos apartados adicionales, uno donde se evalúan los requisitos básicos de accesibilidad universal, y otro sobre la certificación energética.
Las normas contemplan que, para evitar duplicidades, si un inmueble ya ha pasado la ITE y ha obtenido un resultado favorable o tiene un certificado energético en vigor, estos documentos se pueden incluir en el IEE. Así solo restaría evaluar los requisitos restantes.
¿En quién se puede confiar para realizar el IEE?
Dado que el Informe de Evaluación de Edificios es una garantía de seguridad, la realización de dicho informe solo debe hacerse por profesionales que tengan la cualificación necesaria y cuenten con la preparación específica para trabajar esta materia.
Por desgracia, es posible que encuentres anuncios de todo tipo de arquitectos que han realizado algún cursillo introductorio a la evaluación de inmuebles, pero esto no es suficiente. Un informe mal hecho puede tener graves consecuencias como obtener un certificado energético más bajo, tener que hacer obras innecesarias, perder subvenciones, etc. Por estos motivos, solo debes confiar en arquitectos especializados como los de LP Urbanismo y Arquitectura, que te garantizan su profesionalidad y preparación.